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México debería anular la prisión preventiva obligatoria, afirman expertos de la ONU

  • Este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició la discusión sobre la permanencia en México de la prisión preventiva oficiosa (PPO).
  • Un grupo de especialistas en derechos humanos indican que “la prisión preventiva oficiosa es contraria a las garantías internacionales de protección de derechos humanos”.

Ciudad de México.- Este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició la discusión sobre la permanencia en México de la prisión preventiva oficiosa (PPO), medida cautelar que establece que toda persona que sea vinculada a proceso por alguno de los 16 delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución debe de ser privada de su libertad, con el fin de evitar una posible huida y garantizar su comparecencia ante un juez.

Durante la sesión, se abordaron los proyectos de los ministros Luis María Aguilar, quien aboga por anular la prisión preventiva oficiosa, y Norma Lucía Piña, quien señala que la medida constituye una restricción constitucional que afecta al derecho a la libertad personal y la presunción de inocencia. El debate continuará este martes para decidir sobre la inconstitucionalidad de la PPO.

Bajo este contexto, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria* de la ONU pidió a México que anule urgentemente la prisión preventiva obligatoria, conocida también como “prisión preventiva oficiosa” o “automática”, que está incluida en la Constitución del país.

En un comunicado emitido este lunes, la presidenta del Grupo indicó que “la prisión preventiva oficiosa es contraria a las garantías internacionales de protección de derechos humanos, como lo ha indicado la jurisprudencia del Grupo de Trabajo en múltiples ocasiones”.

Miriam Estrada-Castillo añadió que la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, así como el Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura, han adoptado conclusiones similares.

La experta señaló que, el ordenamiento jurídico mexicano obliga a los jueces a imponer este tipo de detención a todas las personas acusadas de determinados delitos, una circunstancia que, en su opinión, condujo a “múltiples violaciones de sus derechos humanos, como la presunción de inocencia, el debido proceso y la igualdad ante la ley”.

Añadió que la prisión preventiva oficiosa también es contraria a la independencia judicial, al deber de fundamentar jurídicamente los motivos de la detención, compromete gravemente el derecho a la integridad personal y la garantía de no ser víctima de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes. A pesar de estar establecida por la ley, ello no garantiza que no sea arbitraria.

“Una de las más serias consecuencias de la prisión preventiva obligatoria ha sido el que muchos mexicanos pasen más de una década privados de su libertad a la espera de un juicio, sin sentencia y en condiciones de grave riesgo a sus vidas e integridad personal. Esto además contribuye al hacinamiento carcelario”, dijo Estrada-Castillo.

Pese a ser consciente de los desafíos a los que se enfrenta el Gobierno de México en materia de seguridad pública, el Grupo de Trabajo reiteró que la prisión preventiva oficiosa coloca a México en franca violación de sus obligaciones internacionales de derechos humanos, asumidas con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

“Anular la prisión preventiva oficiosa no solo es un paso esencial para aliviar el problema de las detenciones arbitrarias en México, sino que también permitiría apaciguar la sobrepoblación del sistema penitenciario”, destaca el comunicado.

El Grupo de Trabajo lleva insistiendo a México en la necesidad de resolver urgentemente este problema estructural desde el año 2018 y le ofreció reiteradamente la asistencia técnica necesaria.

*El Grupo de Trabajo está compuesto por cinco miembros expertos independientes de varias regiones del mundo: Miriam Estrada-Castillo (Ecuador; presidenta-Relatora), Mumba Malila (Zambia; vicepresidente); Elina Steinerte (Letonia); Priya Gopalan (Malasia); y Matthew Gilllett (Nueva Zelanda).

El Grupo forma parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Procedimientos Especiales, el organismo más grande de expertos independientes en el sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y monitoreo del Consejo que abordan situaciones específicas de países o problemas temáticos en todas partes del mundo.

Los expertos de Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirven a título individual

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