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Actas de nacimiento certificadas no tendrán fecha de vencimiento

Toluca, Estado de México. – El congreso local aprobó por unanimidad la iniciativa donde se establece que las copias certificadas de las actas de nacimiento expedidas por el Registro Civil en el Estado de México no tendrán fecha de vencimiento, esto repercutirá positivamente en la economía de las familias mexiquenses, así lo manifestó la diputada Anaís Miriam Burgos diputada Anaís Miriam Burgos Hernández, en nombre del Grupo Parlamentario de morena.

En este sentido, para la realización de trámites y servicios ante cualquier institución pública o privada bastará con que las copias de las actas de nacimiento sean legibles y no presenten alteraciones que dañen el estado físico del documento.

El diputado Max Correa Hernández, quien presentó el dictamen a la Asamblea, expresó su reconocimiento a la diputada Anaís Burgos por esta propuesta que, dijo, sin duda es en favor de los mexiquenses.

En su carácter de presidenta de la Directiva de la 60 legislatura, Violeta Nova Gómez,  también propuso exhortar al gobernador, para que publique la reforma a la brevedad y que los ciudadanos mexiquenses se vean favorecidos en estos días previos a las inscripciones escolares.

De acuerdo con la iniciativa de la diputada Anaís Miriam Burgos, presidenta del Comité de Comunicación Social, el acta de nacimiento es imprescindible para las personas, pues da identidad y es requerido en trámites como el ingreso al sistema de salud nacional, estatal y privado; la inscripción a la educación en todos sus niveles; la adscripción a programas gubernamentales; la obtención de la cartilla militar, pasaporte oficial, visas y credencial de elector, así como para contraer matrimonio, divorciarse y registrar la defunción de la persona, entre otros.

De acuerdo con la iniciativa, requerir actas de nacimiento actualizadas no tiene justificación administrativa o legal, porque dichos documentos no tienen fecha de vencimiento, aunado a que ninguno de los datos contenido en ellas se modifica, salvo sentencia definitiva que así lo resuelva.

La reforma, que adiciona un segundo párrafo al artículo 3.10 del Código Civil del Estado de México, atiende al clamor social de erradicar esta imposición que genera una carga económica para las y mexiquenses, particularmente para las familias más pobres.

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